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República Dominicana ha registrado 80,000 niños de madres extranjeras



LIBRO DE EXTRANJERÍA

Wanda Méndez

Santo Domingo.- Los oficiales del estado civil deben expedir dos certificaciones de nacimiento de los niños de madres extranjeras no residentes en la República Dominicana después de registrar el hecho en el libro de extranjería, una para entregarla a los padres y la otra para enviarla a la embajada correspondiente al país de origen de la progenitora, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.

La medida está contenida en la resolución 02- 2007, que dictó la Junta Central Electoral (JCE) el 18 de abril del 2007, la que contempla el procedimiento para asentar los nacimientos de los hijos de madres extranjeras no residentes en el país.

El libro de extranjería, como se le denomina, fue aperturado en octubre del 2007 y al cabo de 11 años, han sido registrados alrededor de 80,000; los últimos 34,524 en el período 2017-2018. El registro se hace previa presentación de la constancia de naci- miento expedida por el centro de salud, que constituye la prueba del parto.

Además, cada año, la JCE deberá remitir una relación de las inscripciones realizadas al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Dirección General de Migración, con todos los datos correspondiente.

La resolución establece que cada oficialía del Estado civil contará con un libro original, que será llenado y clausurado por el oficial del Estado civil, el cual permanecerá dentro de la oficialía. Dispone también que se confeccionará un duplicado, que permanecerá en la Dirección Nacional de Registro del Estado Civil de la JCE.


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