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Ministerio Público decomisa avioneta



Santo Domingo, El Ministerio Público informó este martes el decomiso, de la avioneta propiedad de Jorge Guillermo Amancio Castillo y/o Javier David Ruiz Murcia.



En una nota de prensa: 


Cumpliento con resolución de tribunal, el Ministerio Público informa que tiene bajo su tutela la avioneta XB-NCR, C550

En cumplimiento con la sentencia penal núm. 1481-2022-SSEN-007, correspondiente al Expediente núm. 1481-2021-EPEN-00238, dictada por la jueza Vicky Marlenis Chalas Docen, el 9 de febrero de 2022, el Ministerio Público informa que tiene bajo su tutela, y agota el procedimiento fijado por el tribunal para el decomiso, de la avioneta XB-NCR, C550, color blanco y la llave correspondiente a dicha avioneta con un cover con la numeración XB-NSC.

La citada sentencia establece en su artículo quinto: “Ordena la publicación de la avioneta de nombre XB-NCR, C550, color blanco y la llave correspondiente a dicha avioneta con un cover con la numeración XB-NSC en un portal de acceso público y un periódico de circulación nacional una vez por semana durante tres semanas consecutivas, dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la presente decisión, a fin de que todos aquellos que pudieran alegar un interés legítimo sobre los referidos bienes, se presenten a hacer valer sus derechos, en aplicación a las disposiciones del artículo 28 de la Ley 155-17. Tras haberse agotado el procedimiento correspondiente, una vez vencidos los plazos de la ley o de no probarse un interés jurídico legítimo respecto de dicho bien, ordena el decomiso a favor del Estado Dominicano”.

Tal como consigna la sentencia, la citada aeronave forma parte de los bienes ocupados en el proceso penal seguido a Jorge Guillermo Amancio Castillo y/o Javier David Ruiz Murcia, sentenciado a diez años de prisión suspendida, por violación a los artículos 147, 148, 153, y 154 del Código Penal, y 200 párrafo de la Ley 266-06, sobre Autonomía de la Dirección General de Aduanas; artículo 3, numeral 2 y 3, de la Ley núm. 155-17, en perjuicio del Estado Dominicano.